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Presidente de la Corte Suprema plantea debatir la edad de pensión de hombres y mujeres

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Iván Mauricio Lenis abrió la discusión sobre un eventual aumento de la edad de jubilación y la posibilidad de igualar el requisito entre hombres y mujeres. La Corte Suprema aclaró que no tiene un proyecto para modificar las edades actuales.

Una discusión que no es todavía una reforma

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Iván Mauricio Lenis Gómez, puso sobre la mesa una discusión que podría tener efectos sobre millones de trabajadores colombianos: revisar los parámetros actuales de edad para acceder a la pensión de vejez y analizar si hombres y mujeres deberían tener el mismo requisito.

La declaración se produjo en el marco de un espacio de Justicia y Ciudadanía realizado en Cúcuta, donde se abordaron asuntos relacionados con la informalidad laboral, el envejecimiento de la población, la seguridad social y los desafíos financieros del sistema pensional.

Lenis sostuvo que el aumento de la expectativa de vida, la transformación demográfica y las dificultades de financiación justifican discutir nuevamente algunos de los parámetros del sistema. Entre las alternativas mencionadas estuvo la posibilidad de aumentar la edad de jubilación y equiparar la edad entre hombres y mujeres.

Pero existe una precisión fundamental: no hay actualmente un proyecto de la Corte Suprema para cambiar la edad de pensión.

La propia corporación aclaró que las declaraciones de su presidente correspondieron a una discusión académica y que la Corte no está promoviendo un proyecto legislativo para modificar las edades establecidas.

¿Cuál es hoy la edad de pensión?

Actualmente, el requisito de edad para acceder a la pensión de vejez continúa siendo de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.

La diferencia de cinco años ha sido históricamente una de las características del sistema pensional colombiano y se ha justificado, entre otros factores, en el reconocimiento de las cargas de cuidado y las diferencias en las trayectorias laborales.

La discusión planteada por Lenis parte precisamente de revisar si esa diferencia continúa siendo la mejor manera de proteger a las mujeres dentro del sistema.

¿Por qué habló de igualar las edades?

El argumento expuesto por el presidente de la Corte Suprema tiene dos componentes.

El primero está relacionado con la sostenibilidad financiera. Si las personas viven durante más años, el sistema debe financiar el pago de las pensiones durante períodos más prolongados.

Lenis planteó que, ante el aumento de la expectativa de vida, podría analizarse la posibilidad de prolongar el momento a partir del cual comienza el pago de la pensión.

El segundo componente está relacionado con la equidad dentro del sistema.

Según explicó el magistrado, la menor edad de jubilación de las mujeres puede terminar teniendo un efecto no necesariamente favorable en determinados escenarios, debido a que cuentan con menos tiempo para completar las semanas requeridas o para acumular el capital necesario para financiar una pensión en los regímenes de ahorro individual.

Por esa razón, planteó que la igualdad en la edad podría analizarse junto con otros mecanismos de protección para las mujeres.

La propuesta no plantea eliminar los beneficios para las mujeres

Uno de los puntos que Lenis enfatizó es que una eventual equiparación de la edad no tendría que significar la eliminación de las medidas diferenciadas destinadas a compensar las desigualdades laborales y de cuidado.

El presidente de la Corte recordó que la reciente reforma pensional introdujo mecanismos dirigidos a reconocer las responsabilidades de maternidad. Entre ellos está la reducción del número de semanas requeridas para las mujeres por cada hijo, dentro de los límites establecidos por la reforma.

En su planteamiento, este tipo de mecanismos podría continuar desarrollándose como una forma de protección mientras se analiza la edad de retiro.

Por eso, el planteamiento expuesto en Cúcuta no puede resumirse simplemente como “subir la edad de pensión de las mujeres”. La discusión propuesta es más amplia: revisar la edad de retiro y, simultáneamente, definir qué mecanismos permitirían mantener medidas de protección para las mujeres.

La Corte Suprema salió a aclarar el alcance

La reacción pública a las declaraciones llevó a que la Corte Suprema precisara que no tiene un proyecto para modificar la edad pensional.

La corporación explicó que el tema fue abordado dentro de un espacio académico y de diálogo ciudadano, pero que las consideraciones expresadas por su presidente no constituyen una iniciativa formal de reforma.

La diferencia es relevante porque modificar la edad de jubilación requiere una decisión legislativa. Una declaración del presidente de la Corte no modifica por sí misma los requisitos que actualmente deben cumplir los trabajadores.

El Gobierno tampoco anunció un cambio

El vicepresidente José Manuel Restrepo también se refirió a la discusión y señaló que el Gobierno no ha planteado modificar las edades de jubilación.

Restrepo manifestó que el Ejecutivo desconoce los alcances de la idea planteada por Lenis y señaló que la discusión sobre una eventual modificación corresponde al Congreso.

Además, indicó que la prioridad del Gobierno está relacionada con la implementación de la reforma pensional que ya fue aprobada.

Esto significa que, por ahora, las edades de 57 años para mujeres y 62 para hombres continúan vigentes.

La reforma pensional ya tiene otro calendario

La discusión ocurre además en un momento de transición para el sistema pensional colombiano.

La reforma pensional aprobada contempla cambios importantes en la estructura del sistema, mientras la entrada en vigor de la mayor parte de sus disposiciones está prevista para el 1 de abril de 2027, de acuerdo con la información reportada sobre las decisiones de la Corte Constitucional.

Por eso, cualquier modificación adicional de la edad de jubilación tendría que analizarse dentro de ese nuevo escenario y mediante los procedimientos legislativos correspondientes.

El problema demográfico está en el centro del debate

El planteamiento de Lenis no se limita a la edad de jubilación.

Durante sus intervenciones también ha señalado tres transformaciones que considera relevantes para el futuro del sistema: el envejecimiento de la población, la reducción de la natalidad y la alta informalidad laboral.

La combinación de estos factores plantea una pregunta sobre cómo se financiarán las pensiones en un país donde habrá proporcionalmente más personas mayores y una menor cantidad de trabajadores jóvenes cotizando.

La informalidad agrega otra dificultad: una persona puede llegar a la edad de retiro sin haber acumulado las semanas necesarias debido a períodos prolongados sin cotización.

Por eso, el propio Lenis ha planteado que la discusión pensional no debería concentrarse exclusivamente en la edad, sino también en la capacidad de los trabajadores y ciudadanos para realizar cotizaciones durante su vida laboral.

La propuesta expuesta por el presidente de la Corte Suprema abre un debate sobre uno de los elementos más sensibles de cualquier sistema pensional: cuándo puede una persona retirarse y bajo qué condiciones puede garantizarse su ingreso durante la vejez.

Pero a 30 de septiembre de 2026 no existe una reforma aprobada que haya aumentado la edad de jubilación ni un proyecto de la Corte Suprema que establezca ese cambio.

Lo que existe es una discusión planteada públicamente por el presidente del alto tribunal, acompañada de una posterior aclaración institucional de la Corte.

El debate, si llega al Congreso, tendría que abordar no solamente la sostenibilidad financiera del sistema, sino también las diferencias en las trayectorias laborales de hombres y mujeres, el trabajo de cuidado, la informalidad y las condiciones para acceder efectivamente a una pensión.

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