Con la reglamentación del Servicio Social para la Paz, creado por la Ley 2272 de 2022, se hizo realidad una poderosa alternativa a la prestación del servicio militar obligatorio para los jóvenes de entre los 18 y 24 años de todo el país.
Luego de que el presidente de la República, Gustavo Petro, firmara el Decreto 1079 de 2024, “la iniciativa, que es el cumplimiento de una promesa histórica para la juventud colombiana, comenzará la etapa de ejecución que llevará a miles de jóvenes a desarrollar actividades que contribuirán a la construcción de una paz estable y duradera en Colombia”, de acuerdo con el director de Función Pública, César Augusto Manrique.
Los jóvenes que se decidan por el servicio social como requisito para cumplir con el servicio militar obligatorio tendrán la opción de elegir entre seis enfoques y 11 modalidades, al tiempo que serán remunerados por estas actividades con el 80% de un salario mínimo mensual legal vigente.
Enfoques y modalidades
Los enfoques serán las acciones, estrategias y actividades del servicio social por lo que se definieron que sean derechos, étnico, intercultural, territorial género y diversidades sexuales; diferencial e interseccional, que se definieron para responder adecuadamente a las necesidades y realidades de las comunidades.
Por su parte, las modalidades potenciarán la cultura de paz, la unidad, el compromiso cívico y la promoción de los derechos humanos con prácticas e intervenciones orientadas en acciones de:
Alfabetización digital en zonas rurales o urbanas; trabajo con víctimas del conflicto armado, la promoción y la defensa de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario; refrendación y el cumplimiento de los acuerdos de paz; promoción de la política pública de paz, la reconciliación, la convivencia y la no estigmatización.
Promoción de la paz étnica, cultural y territorial, respetando el derecho de autodeterminación, la autonomía, usos y costumbres de las comunidades étnicas, y la cultura campesina; protección y cuidado de las personas con discapacidad y personas mayores en condición de vulnerabilidad.
Vigía del patrimonio cultural, material e inmaterial de la Nación; trabajo con personas damnificadas o afectadas por fenómenos o amenazas naturales; y promoción de la educación y las actividades relacionadas en materia de gestión del riesgo y cambio climático.
Las implementaciones de estas modalidades del servicio social para la paz estarán a cargo de varias entidades: ministerios del Interior, Educación, Ambiente, Igualdad, Cultura y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).
También de la Oficina del Consejero Comisionado para la Paz; la Unidad de implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera; la Unidad para la Atención y Reparación Integral de la Víctimas (UARIV); Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y Función Pública.
La ejecución e implementación del servicio social para la paz estará bajo el liderazgo de Función Pública en coordinación con el Ministerio de la Igualdad y Equidad y apoyadas por un comité que incluirá a estas dos entidades y representantes de los ministerios de Defensa y Educación; el Departamento Nacional de Planeación y la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
Requisitos
Para prestar ese servicio social se deberá cumplir con los requisitos del servicio militar obligatorio, tener entre 18 y 24 años, incluso si alguien ha sido exonerado del servicio militar obligatorio podrá postularse y las mujeres también podrán optar por esta opción.
La financiación de este programa será con recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a Función Pública.
Conoce acá el Decreto 1079 de 2024 “Por el cual se adiciona el Titulo 38 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, para reglamentar el Servicio Social para la Paz creado mediante la Ley 2272 de 2022”
Fuente funcionpublica.gov.co