Congreso aprueba la Ley de Sometimiento impulsada por el Gobierno de Abelardo de la Espriella
Rebajas de hasta el 50 %: así funcionará la Ley de Sometimiento aprobada por el Congreso
La iniciativa establece beneficios penales diferenciados para integrantes de organizaciones criminales que entreguen sus armas, bienes y colaboren con la justicia. Los reclutadores de menores quedarán excluidos.
El Congreso de la República aprobó la Ley de Sometimiento impulsada por el Gobierno de Abelardo de la Espriella, una iniciativa que establece nuevas condiciones para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales se sometan a la justicia ordinaria a cambio de beneficios penales. El proyecto contempla reducciones de hasta el 50 % de las penas para integrantes de base y del 30 % para cabecillas, siempre que cumplan los compromisos establecidos.
La aprobación se concretó durante la noche del martes 3 de noviembre, después de una extensa jornada legislativa. La Cámara de Representantes respaldó el articulado con 95 votos a favor y 10 en contra, mientras que el Senado lo había aprobado previamente con 57 votos positivos y 24 negativos. Como ambas corporaciones acogieron el mismo texto, no fue necesaria una comisión de conciliación.
La iniciativa busca establecer un mecanismo jurídico para el desmantelamiento de estructuras criminales mediante la entrega de armas, bienes e información sobre sus actividades ilícitas. Sin embargo, los beneficios no serán automáticos: estarán sujetos al cumplimiento de obligaciones verificables y a las condiciones que determine el mecanismo de sometimiento.
¿Cuáles son las rebajas de penas contempladas en la ley?
Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es el tratamiento penal diferenciado, que establece porcentajes de reducción según el papel que desempeñen las personas dentro de las organizaciones criminales.
De acuerdo con el texto aprobado, los integrantes de base podrán acceder a reducciones de hasta el 50 % de sus penas, mientras que para los cabecillas el beneficio podrá alcanzar el 30 %. Para quienes hayan ejercido funciones de mando se contempla una pena mínima de diez años de prisión.
Estos beneficios estarán condicionados a compromisos como la entrega de armas, la identificación y entrega de bienes, el suministro de información sobre las estructuras criminales y la colaboración con las autoridades para esclarecer hechos delictivos.
El ministro de Justicia, Iván Cancino, explicó que los aportes también deberán contribuir a esclarecer situaciones relacionadas con personas desaparecidas y secuestradas. En consecuencia, el acceso a las reducciones dependerá de que los participantes cumplan efectivamente con las condiciones exigidas.
Reclutadores de menores quedarán excluidos de los beneficios
Otro de los puntos relevantes del proyecto es la exclusión de quienes hayan sido condenados por reclutamiento de menores o sean responsables de vincular a niños, niñas y adolescentes a estructuras criminales.
La disposición fue defendida durante el trámite legislativo por el representante Daniel Briceño, ponente de la iniciativa, quien señaló que los responsables de estas conductas no podrán acceder a los beneficios contemplados en el mecanismo.
Asimismo, el Congreso incorporó condiciones más estrictas para quienes busquen acogerse al tratamiento penal por delitos relacionados con lavado de activos y testaferrato. Entre los requisitos incluidos se encuentra haber cumplido al menos seis años de pena.
La norma también establece que la reclusión de quienes accedan al mecanismo estará bajo responsabilidad del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
No se suspenderán las órdenes de captura ni las extradiciones
La iniciativa establece que el sometimiento a la justicia no implica suspender las órdenes de captura ni los procesos de extradición que estén vigentes.
El Gobierno también defendió la obligación de entregar la totalidad de los bienes vinculados a las actividades criminales, sin recibir una compensación económica a cambio.
Por otra parte, quienes incumplan los compromisos adquiridos podrán perder los beneficios y regresar al régimen ordinario de justicia. Esto significa que las reducciones de penas no constituyen una garantía automática para quienes manifiesten su intención de someterse.
¿Qué otros cambios incorporó el Congreso?
Durante los debates legislativos se introdujeron modificaciones al proyecto inicial. Una de ellas fue reducir su vigencia de diez a cuatro años, de acuerdo con lo explicado por el ministro de Justicia.
También se estableció un límite de seis años para la libertad condicional y se eliminó el artículo 25, que contenía disposiciones relacionadas con gastos reservados y recursos del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon).
Adicionalmente, se incorporaron disposiciones para evitar que los departamentos y municipios tuvieran que asumir nuevas obligaciones presupuestales derivadas de la implementación del mecanismo.
¿Qué sigue después de la aprobación en el Congreso?
Con la aprobación del mismo articulado en Senado y Cámara, el proyecto quedó listo para pasar a sanción presidencial. Este procedimiento es necesario para que la iniciativa se convierta formalmente en ley de la República, junto con los trámites de promulgación correspondientes.
La discusión legislativa se desarrolló bajo presión de tiempo, debido a que el 4 de noviembre vencía la vigencia de la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público, cuya prórroga también está contemplada en la iniciativa.
La aprobación representa un cambio en el instrumento jurídico propuesto por el Gobierno para enfrentar a las organizaciones criminales. Su implementación deberá demostrar si las condiciones de sometimiento, la colaboración con las autoridades y los beneficios penales permiten avanzar en el desmantelamiento de estas estructuras y en el esclarecimiento de los hechos que afectan a las víctimas.





