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El órgano electoral rechazó su inscripción en la consulta del Frente por la Vida y remitió el caso al CNE por posibles inhabilidades legales

La Registraduría Nacional del Estado Civil volvió a decirle no a Daniel Quintero Calle. En una decisión que sacude el tablero electoral de la izquierda, la autoridad electoral rechazó la inscripción del exalcalde de Medellín como precandidato presidencial para la consulta del Frente por la Vida, programada para el 8 de marzo de 2026.

La determinación quedó consignada en la Resolución 889 del 27 de enero de 2026, en la que se advierte que aceptar la postulación de Quintero sería contrario a la Constitución y a la ley, al haber participado previamente en una consulta política y pretender ahora hacerlo por una agrupación diferente.

El argumento clave: una consulta no se juega dos veces

Según el documento oficial, Daniel Quintero ya participó y fue derrotado en la consulta del Pacto Histórico del 26 de octubre de 2025, lo que, a juicio de la Registraduría, le impide legalmente volver a competir en un nuevo proceso consultivo por otra coalición.

“Aceptar la inscripción de una precandidatura de un ciudadano que participó en una consulta en la que fue derrotado y pretende hacerlo por una agrupación política diferente, es contrario a la Constitución y a la ley”, señala la resolución.

En este escenario, el organismo electoral decidió rechazar formalmente la inscripción presentada por el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia (AICO) y el Partido del Trabajo de Colombia, que respaldaban la aspiración del exmandatario.

Un caso que ahora queda en manos del CNE

Aunque la Registraduría tomó la decisión inicial, el caso fue remitido al Consejo Nacional Electoral (CNE), entidad que, conforme al artículo 265 de la Constitución y a la Ley 1475 de 2011, deberá pronunciarse de fondo sobre las candidaturas inscritas en la consulta del Frente por la Vida.

La autoridad electoral dejó claro que su función es garantizar la participación ciudadana, pero siempre dentro de los límites legales, los cuales —según su análisis— Daniel Quintero habría superado.

Imputaciones penales y ruido político

En el acto administrativo también se menciona que Quintero afronta imputaciones penales ante la Fiscalía, un elemento que, aunque no es el eje central de la decisión, añade presión política y jurídica a su aspiración presidencial.

La Registraduría recordó que su deber es programar, dirigir y garantizar procesos electorales transparentes, y que no puede avalar candidaturas que generen riesgos de ilegalidad o vulneren el principio de seguridad jurídica.

¿Qué pasa con la consulta del Frente por la Vida?

La consulta del 8 de marzo de 2026 sigue en pie y, por ahora, cuenta con figuras como Roy Barreras, Iván Cepeda y Camilo Romero. En el caso de Cepeda, su inscripción también fue enviada al CNE, debido a dudas sobre si su consulta previa fue interpartidista o interna.

El calendario corre: el 6 de febrero vence el plazo para la inscripción definitiva de precandidatos, fecha clave para que el CNE resuelva los casos pendientes y se configure el tarjetón final.

Recursos y escenarios legales

La resolución deja abierta la puerta a los recursos de reposición y apelación, conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, lo que significa que el equipo jurídico de Quintero aún podría intentar revertir la decisión.

Sin embargo, el mensaje político es claro: la institucionalidad electoral no está dispuesta a flexibilizar las reglas en un proceso ya tensionado por divisiones internas en la izquierda.

Un revés que reconfigura la carrera presidencial

El nuevo portazo de la Registraduría deja a Daniel Quintero fuera del escenario consultivo, al menos por ahora, y reordena el ajedrez de la izquierda de cara a 2026. La disputa ya no es solo ideológica: es jurídica, procedimental y estratégica.

En política, como en el derecho electoral, no todo vale.

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