NacionalPolítica

Iván Name pierde su investidura: Consejo de Estado decreta su ‘muerte política’ por tráfico de influencias en caso UNGRD

Comparte con tus amigos

El Consejo de Estado concluyó que el entonces presidente del Senado utilizó su posición para favorecer el trámite de la reforma pensional a cambio de un beneficio económico relacionado con recursos de la UNGRD. La decisión es de primera instancia y puede ser apelada.

Consejo de Estado decreta pérdida de investidura de Iván Name

El Consejo de Estado decretó este viernes 25 de septiembre la pérdida de investidura del exsenador y expresidente del Senado Iván Leónidas Name Vásquez, al considerar acreditada la causal de tráfico de influencias debidamente comprobado, contemplada en el numeral 5 del artículo 183 de la Constitución Política.

La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Decisión 24 de la Sala de lo Contencioso Administrativo y corresponde a una primera instancia. Por esta razón, la decisión todavía puede ser apelada ante la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del propio Consejo de Estado y no se encuentra en firme.

La llamada “muerte política” es la expresión utilizada habitualmente para referirse a la pérdida de investidura de un congresista. En este caso, el fallo está relacionado con hechos que forman parte del escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD.

La decisión está relacionada con la reforma pensional

Uno de los elementos centrales de la providencia es la actuación de Name cuando ocupaba la Presidencia del Senado durante el periodo 2023-2024.

Según la valoración realizada por la Sala, el entonces presidente del Senado utilizó las facultades derivadas de su cargo para influir en el trámite de la reforma pensional impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro, a cambio de un beneficio económico.

El Consejo de Estado consideró que no se trató simplemente de una actuación política o de una diferencia sobre la conducción del Congreso, sino de un ejercicio indebido de la influencia que le otorgaba su posición institucional.

La Sala también valoró la manera en que se desarrollaron varias sesiones plenarias durante la discusión de la reforma. Entre los elementos analizados estuvo la conducción de sesiones por parte de la entonces primera vicepresidenta del Senado, María José Pizarro, mientras Name ocupaba la Presidencia de la corporación. Para el tribunal, estos hechos hicieron parte del conjunto probatorio que permitió establecer el ejercicio indebido de la influencia derivada del cargo.

Los $3.000 millones que aparecen en el expediente

El otro elemento fundamental del caso es el dinero que habría sido destinado al entonces presidente del Senado y cuyo origen estaría relacionado con recursos de la UNGRD.

De acuerdo con los hechos analizados en el proceso, Sneyder Pinilla, entonces subdirector de la UNGRD, declaró que Olmedo López le había ordenado conseguir $4.000 millones, de los cuales $3.000 millones estarían destinados a Name para facilitar el avance de las reformas del Gobierno en el Congreso.

La providencia analizó además las declaraciones de Pinilla y López, así como otros elementos incorporados al expediente. El Consejo de Estado concluyó que los recursos utilizados para el pago de la dádiva provenían de fondos de la UNGRD.

El proceso también incluyó otros elementos probatorios, entre ellos comunicaciones, testimonios y documentación relacionada con los contratos de la UNGRD destinados a atender necesidades en La Guajira.

La Procuraduría había pedido mantener la investidura

La decisión del Consejo de Estado se produjo pese a que la Procuraduría General de la Nación había solicitado desestimar la demanda de pérdida de investidura.

Durante el proceso, el Ministerio Público sostuvo que no encontraba elementos suficientes para demostrar que Name hubiera ejercido influencia sobre Sandra Ortiz con el propósito de obtener los $3.000 millones.

La Sala Especial de Decisión 24 no acogió esa posición y, después de valorar el conjunto de pruebas, concluyó que estaban acreditados tanto los elementos objetivos del tráfico de influencias como la responsabilidad subjetiva necesaria para decretar la pérdida de investidura.

Este punto resulta relevante porque muestra que el fallo no se fundamentó únicamente en una declaración o en una pieza aislada del expediente, sino en la valoración judicial de diferentes elementos probatorios.

¿Qué significa la ‘muerte política’ para Iván Name?

La pérdida de investidura tiene consecuencias distintas a una condena penal. El Consejo de Estado está resolviendo aquí un proceso relacionado con el régimen de investidura de los congresistas, no dictando una sentencia penal por los delitos investigados en el caso UNGRD.

Además, el fallo conocido este 25 de septiembre todavía puede ser recurrido. La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo deberá estudiar una eventual apelación y podrá mantener, modificar o revocar la decisión de primera instancia.

Por eso, aunque la expresión “muerte política” refleja la gravedad de la pérdida de investidura, jurídicamente el proceso todavía no terminó.

Un nuevo capítulo del caso UNGRD

La decisión del Consejo de Estado se suma al proceso penal que se adelanta por separado alrededor del escándalo de la UNGRD.

La investigación ha involucrado a diferentes funcionarios y exfuncionarios y ha establecido una cadena de hechos alrededor del manejo de recursos públicos de la entidad y de presuntos pagos dirigidos a congresistas para favorecer iniciativas del Gobierno.

En el caso particular de Name, la decisión sobre su investidura deberá diferenciarse de las actuaciones que correspondan a la jurisdicción penal. Una eventual decisión definitiva del Consejo de Estado tampoco reemplaza ni determina por sí sola el resultado del proceso penal.

El fallo conocido este viernes abre ahora una nueva etapa: la eventual apelación ante la Sala Plena. Mientras eso ocurre, la decisión de primera instancia constituye un pronunciamiento judicial que considera demostrada la causal constitucional de tráfico de influencias en el ejercicio de la función parlamentaria.

Comparte con tus amigos

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Cafepolitico.com.co utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador    Configurar y más información
Privacidad