Curul afro en la Cámara: Consejo de Estado mantiene suspendida la elección de Winsner Sandoval
La disputa por una de las dos curules de la circunscripción especial afrodescendiente en la Cámara de Representantes tuvo un nuevo avance judicial. El Consejo de Estado mantuvo la suspensión provisional de la elección de Winsner Nessir Sandoval Ibáñez y ordenó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) adjudique temporalmente el segundo escaño a la lista del Consejo Comunitario El Naranjo, en la que está Anyela Viviana Guanga Marquínez.
Las decisiones, adoptadas mediante autos del 8 de octubre de 2026, mantienen abierta la controversia sobre la distribución de las curules para el periodo legislativo 2026-2030. Aunque la medida abre la posibilidad de que el movimiento Libres tenga provisionalmente los dos escaños afro, todavía no existe una sentencia definitiva que resuelva la legalidad de la elección de Sandoval.
¿Qué decidió el Consejo de Estado sobre la curul afro?
La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó el recurso de reposición presentado por la defensa de Sandoval y mantuvo la suspensión provisional de su elección, decretada inicialmente el 20 de agosto. Con ello, continúa vigente la medida cautelar mientras avanza el proceso de nulidad electoral.
En una actuación relacionada, el tribunal admitió la demanda promovida por Anyela Guanga y ordenó al CNE adjudicar provisionalmente la segunda curul a la lista del Consejo Comunitario El Naranjo. La instrucción no modifica el escaño que ocupa Óscar David Benavides Angulo, integrante de esa misma lista.
La asignación temporal está condicionada a que siga vigente la suspensión de la elección de Sandoval. Por tanto, no equivale a una decisión definitiva sobre la titularidad de la curul: el alcance de la medida dependerá de la evolución del proceso judicial y de lo que determine el alto tribunal.
Los votos y el umbral electoral, en el centro de la disputa
La controversia se originó en las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026. En la circunscripción especial afrodescendiente, el Consejo Comunitario El Naranjo obtuvo 159.387 votos, mientras que la lista del Partido Demócrata Colombiano, por la que fue elegido Sandoval, alcanzó 72.241 sufragios.
El umbral electoral establecido para esa elección fue de aproximadamente 78.915 votos, equivalente al 30 % del cociente electoral. Así, la lista de El Naranjo superó la votación mínima, mientras que la del Partido Demócrata Colombiano quedó por debajo.
El desacuerdo se concentra en la forma en que debían distribuirse los dos escaños. El CNE asignó una curul a cada lista al recurrir al sistema de residuos. Los demandantes sostienen que una lista que no supera el umbral no puede participar en el reparto y que, al haber sido El Naranjo la única que cumplió ese requisito, le correspondían ambos escaños.
En su revisión preliminar, el Consejo de Estado respaldó la interpretación según la cual el umbral debe cumplirse para participar en la distribución. También examinó la excepción prevista para los casos en que ninguna lista alcanza esa votación mínima y señaló que, según los resultados de esta elección, esa circunstancia no se presentó.
¿Quién es Anyela Guanga y qué papel tiene en el proceso?
Anyela Viviana Guanga Marquínez ocupa el segundo renglón de la lista cerrada del Consejo Comunitario El Naranjo. Si se concreta la adjudicación provisional ordenada por el tribunal, podría recibir temporalmente la credencial correspondiente a la segunda curul afro, mientras se resuelve la controversia.
Su reclamación está relacionada con la demanda que cuestiona la asignación del escaño a Sandoval. El objetivo es que se revise la aplicación de las reglas electorales y se determine si la votación obtenida por las listas permitía entregar las dos curules a El Naranjo.
La medida cautelar no significa que Guanga haya ganado de manera definitiva el litigio. Su eventual llegada a la Cámara depende de la ejecución de la orden provisional y de las decisiones posteriores que adopte el Consejo de Estado.
La defensa de Sandoval cuestiona la interpretación de las reglas
La defensa del congresista ha planteado que el artículo 263 de la Constitución no resuelve expresamente el escenario en el que una sola lista supera el umbral, pero ninguna alcanza el cociente electoral. Desde esa perspectiva, pidió que el tribunal examinara el problema jurídico de fondo y cuestionó que la distribución de las curules se definiera mediante medidas cautelares.
El Consejo de Estado, por ahora, mantuvo la suspensión de la elección y dispuso la asignación provisional del escaño a la lista de El Naranjo. Estas decisiones no constituyen una declaración de responsabilidad penal ni una sentencia definitiva sobre la actuación de Sandoval; se refieren a la legalidad de su elección y a las reglas para distribuir las curules.
¿Qué sigue en la disputa por la segunda curul afro?
El proceso continuará con el estudio de fondo de la demanda de nulidad electoral. El tribunal deberá determinar si la asignación que realizó el CNE se ajustó a las normas constitucionales y electorales aplicables a la circunscripción especial afrodescendiente.
Mientras tanto, la suspensión de la elección de Sandoval permanece vigente y la adjudicación provisional a la lista de El Naranjo está sujeta a las condiciones fijadas por el Consejo de Estado.
La decisión definitiva establecerá a quién corresponde el segundo escaño para el periodo 2026-2030. Hasta entonces, la controversia seguirá abierta y las medidas adoptadas deberán entenderse dentro de su alcance provisional.







