La Alcaldía de Ibagué expidió el decreto 0934 de 2021, por medio del cual se regula la publicidad política de los candidatos, partidos políticos y grupos significativos de ciudadanos que deseen participar en los comicios del Congreso de la República del próximo 13 de marzo.
La secretaría de Gobierno será la encargada de ejercer control y vigilancia de todas las actividades relacionadas a la ejecución de publicidad electoral, en compañía de la dirección de Espacio Público y la Policía Metropolitana de Ibagué.
“En un trabajo conjunto con la secretaría de Gobierno y los entes de seguridad queremos velar por el cumplimiento de las normas establecidas en este documento”, indicó Juan Diego Prada, director de Espacio Público.
El decreto determina que es prohibida la instalación de elementos de publicidad en los siguientes lugares de la ciudad:
• Áreas que constituyan espacio público.
• Zonas históricas, entidades públicas o inmuebles privados donde funcionan oficinas públicas.
• Propiedad privada sin consentimiento del propietario o poseedor.
• Sobre postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes peatonales y vehiculares, torres eléctricas, cajas telefónicas, parques, plazoletas y demás bienes de uso público.
• Viaducto del Sena.
• Glorieta de Mirolindo
• Sector de la calle Sexta hasta la 19 y entre carreras Primera y Octava
• Intersección vial glorieta del Éxito
De igual manera, para los medios de comunicación se tendrán las siguientes condiciones:
• Hasta 70 cuñas radiales diarios, cada una de máximo 30 segundos
• Hasta cinco avisos diarios máximo del tamaño de una página por cada edición en medios impresos.
Es de resaltar que cada partido o movimiento político podrá instalar un máximo de 30 vallas publicitarias de un área de hasta 48 M². También se permitirá un máximo de 30 pasacalles y 40 pendones.
“La dirección de Espacio Público estará encargada de otorgar los permisos para la fijación de las vallas que establece el documento. También, el sorteo de asignación de las zonas de espacio público solicitadas por los interesados”, concluyó Prada.
Los partidos y/o grupos políticos que incumplan la normatividad serán acreedores a multas contempladas en la Ley 1801 de 2016 del Código de Policía. Tenga en cuenta que esta publicidad deberá ser retirada 48 horas antes del inicio de la jornada electoral.