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Ley Anticapuchos: Congreso propone hasta ocho años de prisión para quienes oculten su identidad y cometan actos vandálicos en protestas

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La iniciativa busca crear un nuevo delito relacionado con el ocultamiento deliberado de la identidad durante manifestaciones y endurecer las sanciones por determinados bloqueos de vías. Sus promotores aseguran que no pretende criminalizar la protesta pacífica.

Una nueva batalla legislativa comenzó en el Congreso de la República. Los representantes Jaime Arizabaleta y Julio César Triana presentaron una iniciativa que busca convertir en delito el uso deliberado de capuchas, máscaras, pasamontañas u otros elementos para ocultar la identidad cuando estos sean utilizados para facilitar la comisión de actos vandálicos durante una manifestación.

La propuesta, bautizada como “Ley Anticapuchos”, contempla penas de entre 54 y 96 meses de prisión, equivalentes a cuatro años y medio y ocho años, además de multas que podrían oscilar entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La iniciativa también plantea endurecer las consecuencias penales frente a determinados bloqueos de vías e infraestructura de transporte.

El proyecto llega al Capitolio con respaldo de congresistas de distintas regiones y bancadas, en un momento en que el debate sobre seguridad, protesta social y uso de la fuerza vuelve a ocupar un lugar central en la agenda política nacional.

La capucha no sería el delito: el foco estaría en ocultar la identidad para delinquir

Uno de los puntos que sus promotores buscan dejar claro es que la propuesta no pretende convertir en delito el simple hecho de cubrirse el rostro durante una manifestación.

El objetivo es introducir una conducta penal específica para aquellos casos en los que una persona utilice deliberadamente prendas, máscaras, pasamontañas u otros elementos para impedir o dificultar su identificación y, bajo esas circunstancias, cometa actos vandálicos o conductas punibles durante una protesta, reunión, movilización o concentración pública.

De acuerdo con la Cámara de Representantes, la iniciativa busca modificar la Ley 599 de 2000, es decir, el Código Penal, con el propósito de fortalecer la seguridad ciudadana y el orden público, pero al mismo tiempo preservar el ejercicio del derecho fundamental a la protesta pacífica.

La discusión jurídica estará precisamente allí: determinar con suficiente claridad cuándo el ocultamiento de identidad constituye una circunstancia asociada a la comisión de un delito y cuándo forma parte de una manifestación que, aunque pueda resultar incómoda o controvertida, continúa estando protegida constitucionalmente.

Penas de hasta ocho años y multas de hasta 200 salarios mínimos

La propuesta establece una pena de 54 a 96 meses de prisión para quienes utilicen deliberadamente mecanismos de ocultamiento de identidad con el propósito de facilitar actos vandálicos durante una manifestación.

A esto se sumarían multas de entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La iniciativa también contempla circunstancias agravantes cuando durante los hechos se utilicen explosivos, sustancias corrosivas, artefactos peligrosos de fabricación artesanal u otros medios capaces de causar graves daños a personas o bienes.

El proyecto plantea además una protección especial para determinados lugares e infraestructuras. Entre ellos aparecen establecimientos educativos, instituciones de salud, organismos de socorro, bienes de interés cultural y sistemas considerados esenciales para la prestación de servicios públicos.

La lógica de los autores es que el anonimato no debería convertirse en una herramienta para evitar la identificación de quienes cometen delitos dentro de una movilización.

El proyecto también apunta contra los bloqueos de vías

La iniciativa no se limita al uso de capuchas. Otro de sus componentes más sensibles es el relacionado con la obstrucción de vías públicas y de infraestructura de transporte.

El texto propone sancionar con penas de entre 54 y 96 meses a quienes, mediante medios ilícitos, inciten, dirijan, constriñan o proporcionen los medios para obstaculizar vías o infraestructura de transporte cuando esa conducta llegue a afectar bienes como la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo. También contempla multas de hasta 200 salarios mínimos y una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo periodo de la pena.

Este punto puede convertirse en uno de los principales escenarios de debate durante el trámite legislativo, porque los bloqueos han sido históricamente utilizados tanto como mecanismo de presión social como escenario de confrontación con las autoridades.

Los promotores sostienen que la norma debe diferenciar entre una movilización legítima y acciones que terminan afectando de manera grave los derechos de terceros.

¿La iniciativa criminaliza la protesta?

Esta será, probablemente, la pregunta central del debate.

Los autores sostienen que no. La Cámara informó que el proyecto busca precisamente proteger el derecho fundamental a la protesta pacífica y que las medidas están dirigidas contra quienes utilicen una manifestación como escenario para cometer delitos.

Jaime Arizabaleta ha defendido públicamente esa posición y argumenta que la gran mayoría de quienes participan en manifestaciones lo hacen sin ocultar su identidad y sin recurrir a actos vandálicos. Julio César Triana, por su parte, sostiene que comerciantes, pequeños empresarios y la infraestructura regional no pueden continuar asumiendo los costos derivados de hechos violentos cometidos durante las protestas.

Pero el debate no terminará con la explicación de sus autores. La discusión constitucional y política estará en establecer qué conductas concretas quedarían cobijadas por el nuevo tipo penal, cómo se probaría la intención de ocultar la identidad para delinquir y qué garantías existirían para evitar que la norma termine siendo utilizada contra manifestantes pacíficos.

Ese será uno de los puntos que seguramente enfrentará a Gobierno, oposición, organizaciones sociales, estudiantes, sindicatos y sectores defensores de la seguridad ciudadana.

Una iniciativa con respaldo regional y multipartidista

La propuesta fue presentada por Jaime Arizabaleta, del Centro Democrático, y Julio César Triana, de Cambio Radical, pero la Cámara destacó que cuenta con el respaldo de congresistas de diferentes regiones del país, entre ellas Valle del Cauca, Huila, Antioquia y Bogotá.

El componente regional no es menor. Los autores han construido buena parte de su argumento alrededor de los efectos que los disturbios y bloqueos generan sobre el comercio, el transporte, la infraestructura pública y la actividad económica de las ciudades.

En términos políticos, esto permite que la iniciativa salga del tradicional enfrentamiento entre Gobierno y oposición y se presente como una discusión transversal alrededor de dos asuntos que suelen movilizar ampliamente a la opinión pública: seguridad y derecho a la protesta.

La iniciativa apenas comienza su recorrido por el Congreso

Aunque la denominación de “Ley Anticapuchos” ya empezó a circular ampliamente, todavía no es una ley y ninguna de las penas propuestas está vigente.

La iniciativa deberá surtir el trámite legislativo correspondiente y comenzar su discusión en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, antes de avanzar por las demás etapas que exige una ley ordinaria.

Hay además un detalle relevante en el registro legislativo: la Cámara tiene publicado un expediente identificado como Proyecto 023/2026C, relacionado con el mismo propósito de sancionar el ocultamiento de identidad durante manifestaciones, cuya ficha registra una radicación anterior y señala que fue retirado el 1 de septiembre de 2026. Ese mismo día, la Cámara informó sobre la presentación de la iniciativa con respaldo multipartidista y multirregional.

Por ello, el debate que comienza ahora debe seguirse sobre el texto efectivamente radicado y sobre los cambios que pueda sufrir durante su trámite.

La verdadera discusión será dónde termina la protesta y dónde comienza el delito

Más allá del nombre llamativo con el que llegó al Congreso, la “Ley Anticapuchos” plantea una discusión de fondo sobre el modelo de seguridad y convivencia que Colombia quiere aplicar frente a las manifestaciones.

La protesta pacífica tiene protección constitucional, pero esa protección no convierte en legítimas las conductas delictivas cometidas durante una movilización. El reto legislativo será construir una frontera suficientemente clara para que quien destruya, ataque, incendie o afecte deliberadamente bienes o personas pueda responder ante la justicia sin que, al mismo tiempo, una norma diseñada contra el vandalismo termine convirtiéndose en una herramienta para perseguir la protesta legítima.

Ese equilibrio será el verdadero campo de batalla del proyecto.

¿La Ley Anticapuchos protege la protesta pacífica o puede terminar restringiéndola?

Déjanos tu opinión y sigue a Café Político para conocer cómo avanza el proyecto en el Congreso.

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