El alto tribunal tumbó el fallo del Consejo de Estado que le quitó el reconocimiento al partido de Juan Fernando Cristo y ordenó reabrir el caso. El debate político y legal vuelve a la mesa.
⚖️ Golpe jurídico con efectos políticos: En Marcha revive en los estrados
La Corte Constitucional tomó una decisión clave que sacude el ajedrez electoral colombiano: revocó el fallo que le quitaba la personería jurídica al movimiento político En Marcha y ordenó reanudar el proceso legal desde ceros.
Esta colectividad, liderada por el exministro Juan Fernando Cristo, había perdido su estatus jurídico tras un fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, lo que la dejaba fuera del juego electoral formal. Pero ahora, la Corte cambia el tablero.
📌 ¿Qué dijo la Corte?
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Se violó el debido proceso.
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Se debe emitir una nueva sentencia en menos de 30 días.
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El nuevo fallo debe tener en cuenta hechos clave:
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En Marcha hizo parte de una coalición formal (AVCE).
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Estaba inscrita como movimiento sin personería jurídica ante el CNE.
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Su logo apareció en el tarjetón de las legislativas.
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Participó activamente en el proceso electoral.
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📚 Clave constitucional: artículo 262
La Corte también mandó un mensaje político al Congreso: “¡Regulen ya!”
Exhortó al Legislativo a cumplir su deber y reglamentar lo que dice el artículo 262 de la Constitución sobre listas, coaliciones y reglas de juego para partidos emergentes o sin personería.
🧩 ¿Qué sigue?
La Sección Quinta del Consejo de Estado tiene la última palabra… otra vez.
Debe definir si En Marcha tiene o no personería, pero esta vez respetando los derechos procesales del movimiento.
La pelea no ha terminado. Pero En Marcha vuelve a caminar, con respaldo jurídico y oxígeno político.