Con ponencia del Magistrado OMAR JOAQUÍN BARRETO SUÁREZ la sala Quinta del Consejo de Estado declara la Nulidad Electoral en sentencia de segunda instancia revocando la decisión en primera instancia del Tribunal Administrativo del Tolima que daba por sentado que Rodrigo Hernández terminaría su periodo como Alcalde del Municipio de Melgar – Tolima
Así las cosas Melgar se suma a Prado y Coyaima, municipios del Tolima que celebrarán Elecciones Atípicas este 2025
¿Qué dice el Fallo?
PRIMERO: Revócase la sentencia del 26 de agosto de 2024, proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima, que negó las pretensiones de la demanda, y, en su lugar, declárase la nulidad del acto acusado, que contiene la elección de Rodrigo Hernández Lozano como alcalde de Melgar para el periodo constitucional 2024- 2027, por las razones señaladas en la parte considerativa de este fallo.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, cancélase la credencial de alcalde, la cual se hará efectiva a la ejecutoria de la sentencia, conforme con lo previsto en el artículo 288.3 de la Ley 1437 de 2011.
¿Por Qué se dio la Nulidad?
Los Demandantes Sostuvieron que,
“durante la campaña electoral, el demandado invitó a la ciudadanía a votar por Fredy Alexander Mur Tarazona, para la Asamblea Departamental del Tolima, inscrito con el aval de los Partidos Cambio Radical y ADA y, este, a su vez, apoyó la candidatura de Rodrigo Hernández Lozano.
4. Adujeron que, si bien los Partidos Cambio Radical y ADA le dieron “coaval” al demandado para aspirar a la alcaldía, el Partido Conservador tenía candidatos propios para la Asamblea Departamental del Tolima, por lo que no le era permitido manifestar apoyo públicamente a Fredy Alexander Mur Tarazona.
5. Expusieron que, en razón a que cada partido otorga “coavales” individuales a sus candidatos, es claro que cada aspirante debe secundar, en primer lugar, a quienes forman parte de su colectividad, y solo a falta de estos, es posible respaldar a alguno de los inscritos por las demás organizaciones que suscriben el acuerdo de coalición.”
El demandado incurrió en la causal de nulidad de doble militancia en la modalidad de apoyo, pues si bien manifestó respaldo a Abel Otálora Arias, candidato inscrito a la Asamblea Departamental del Tolima por el Partido Conservador Colombiano, también expresó apoyo a Fredy Alexander Mur Tarazona, quien pertenece a otra colectividad